Evolución
de la educación en Venezuela:
Recorrido Histórico 1492 – 2004
Periodo Histórico Pre – Colombino de soberanía indígena.
A la llegada de los españoles, el
territorio que hoy conocemos como América, era poblado por entre 70 y 90
millones de miembros de las culturas aztecas, Incas,
Mayas, Caribes, entre otras. Pero
un siglo y medio después, esta población
se había reducido a tan solo tres millones
y medio.
Para ilustrar, es válido destacar que Tenochtitlán era para el momento
de la llegada de los españoles, una ciudad cinco veces mayor que la que residía
en Madrid; y duplicaba la asentada en la floreciente Sevilla. El Conquistador Pizarro,
señalaba que encontró en el Perú un
ejército de cerca de cien mil indios.
Desde las metrópolis europeas, la barbarie de los procedimientos de aniquilación de la población
autóctona, era justificada por sus aparentes ofensas a Dios, ante la evidencia
de sostener cultos religiosos no inspirados en la tradición judeo –
cristiana.
Cronistas como Juan Ginés de Sepúlveda
sostiene que los indios merecían el trato que recibían en razón de sus
idolatrías y pecados anticristianos.
Periodo Histórico 1492 – 1810
El aparecimiento tardío de la educación
en nuestro país, se puede
atribuir en gran medida a la
carencia de explotaciones mineras, la ausencia de grandes
concentraciones humanas en el territorio nacional y la profunda concepción
elitesca de autoridades delegadas por la Corona española para gobernar en el
nuevo territorio.
Se tiene conocimiento, a través del estudio realizado por Bello
y Parra, sobre la fundación de
una primera escuela en Coro a
mediados del siglo XVI y,
de una primera institución educativa formal en Caracas durante el año
1591 la cuál se dedicaba básicamente a
enseñar a leer, escribir y contar.
Acatando la Decisión del Concilio
de Trento, realizado entre 1545 y 1563,
Felipe II durante el año 1592, decide constituir colegios que se dediquen a la formación de clérigos.
Mediante Real Cédula, encargó al Obispo de Venezuela la creación de un
primer seminario.
Limitaciones de diversa índole obligaron al alto prelado
a retrasar durante varios años el pleno acatamiento de la orden
real. Sin embargo, a partir de 1593 se
dio inicio a una de sus cátedras, la de Gramática. Los gastos de ésta eran cubiertos por el
Rey De
España (200 pesos) y el Cabildo de Caracas (30 pesos).
Por mandato de Felipe II, se erige la Casa de estudios de
Cumaná. Posteriormente se funda el
afamado Seminario de Buenaventura de Mérida.
A partir del siglo XVI, con el progresivo establecimiento de conventos
en los centros coloniales, se van conformando escuelas con preceptores formales.
Pero, al ser inicialmente de
corte elitesco, no podían acceder a ellas ni siquiera todos los gentiles de la
época.
Es a finales del siglo XVII y a comienzos del siglo XVIII, cuando la sociedad colonial asiste al surgimiento
con cierta formalidad y extensión de la educación colonial. La congregación de los Jesuitas fueron, quienes a partir del siglo XVII intentaron implementar la educación
popular, es decir policlasista.
Experiencia que impulsaron hasta
su expulsión de
Venezuela, ocurrida en el año de 1767.
Es digno de resaltar, que para la
época el establecimiento de
instituciones educativas implicaba, la
exigencia que estas contaran con
Constituciones elaboradas y/o aprobadas
por el clero. Es decir, la
educación era de orientación clerical.
Una fecha de especial relevancia para la educación Venezolana, la constituye la creación del Magnífico, Real
y Seminario Colegio de Nuestra Señora de Santa Rosa de Lima de la Ciudad de
Santiago de León de Caracas, hecho ocurrido el 29 de mayo de 1696. Esta
institución, fue en gran medida el resultado del esfuerzo y dedicación
de varios Obispos, en especial la
intervención del Obispo peruano Diego de
Baño y Sotomejias.
El 22 de Diciembre de 1721 por Real
Cédula, se decide la creación de la
Real y Pontificia Universidad de
Caracas, la cuál gozó de la doble autorización Real y
Pontificia. En 1725 es
inaugurada y en 1727 fue sancionada su
Constitución.
Las Constituciones del Obispo Escalona, elaboradas durante la
primera mitad del siglo XVIII, abordaban y reglamentaban lo
concerniente a los asuntos de gobierno y el funcionamiento administrativo y
académico; así como las normas para los alumnos
y el régimen laboral de la
docencia. De hecho, puede considerarse
las
Constituciones del Obispo Escalona como un estatuto Orgánico de la
Docencia.
Autores como Vargas y Arciniegas (1991) sostienen que a partir de las
Constituciones de Escalona se da origen al régimen laboral de los Docentes en nuestro país.
Puntualizan estos autores que muchas de las mejores conquistas laborales actuales del
Magisterio Nacional, estaban contenidas allí.
Los parámetros del régimen laboral de la Docencia, contenidos en
las Constituciones del Obispo Escalona eran:
1. Asignación de Cátedras
mediante Concursos de Oposición, a excepción de las Cátedras de filosofía y de
la Sagrada Escritura, las cuales eran
asumidas por los frailes Dominicos.
2. Claridad en la definición y
delimitación de las faltas y deberes de los docentes.
3. Enseñanza de acuerdo al dogma
de la época, en simetría con aspectos que en el presente se abordan como
valores.
4. Jubilación de los responsables de cátedras
al cumplir veinte años de servicio. El jubilado devengaba la mitad de
su sueldo de por vida, y podía continuar o no, al frente de su cátedra.
5. Excepción del
cumplimiento del Servicio en las
milicias.
6. Gastos funerarios por cuenta
de la Universidad.
7. Para los titulares, trabajo escolar durante nueve
meses al año.
8. Fuero Universitario para los
responsables de cátedras universitarias, cuando los delitos de que se le
acusaren, se relacionasen con el
ejercicio académico.
9. Asignación de sitio especial en los actos protocolares.
10. Régimen de estabilidad. Solo podrían ser destituidos los responsables
de cátedras, ante faltas comprobadas.
El 4 de Octubre de 1784, mediante Real Cédula fue reconocida la autonomía universitaria. Se logra así, separar la rectoría de la
Universidad, del Seminario. Se ordena a
partir de ese instante la elección de los rectores a través del Claustro pleno
de Doctores, erradicándose así el nombramiento rectoral por parte de los
Obispos.
Para 1810, la Capitanía General de Venezuela realiza un balance de la educación en el territorio, en el
cuál se afirma que la instrucción es hasta el presente, una
iniciativa privada impartida de manera dominante con características misionales
y conventuales. Debido al criterio
hispánico -en torno a las razas- la educación debería ser impartida
fundamentalmente a los blancos y blancos criollos. A los
indios (indígenas) y pardos considerados
grupos étnicos – sociales inferiores, se les impartía otro rango de educación orientada a la sociabilidad básicamente. El
indígena era el bárbaro a
civilizar.
Por disposición de la junta Patriótica
de 1810, el Seminario de Buenaventura de
Mérida se convierte en Universidad, con el título de Universidad de
Buenaventura de los Caballeros de Mérida, así mismo ocurre con los seminarios de Angostura, Maracaibo,
las preceptoras de gramática de Caracas, la Asunción y Trujillo.
Al calor de las ideas
republicanas y de las aspiraciones de
independencia nacional, a finales de la época colonial surge la primera corriente pedagógica claramente
definida de Venezuela. Al frente de
ella, Don Simón Rodríguez, el Licenciado
Don Miguel José Sanz y Don Andrés Bello.
Esta corriente pedagógica,
postulaba los siguientes ideales educativos:
A.- Una finalidad política, formar
ciudadanos aptos para vivir en República;
B.- Una finalidad moral: fomentar el cultivo de los valores éticos para contar
con hombres virtuosos y prudentes;
C.- Una finalidad económica: proteger por medio del estudio de la
técnica e industrias la riqueza
material, a fin de asegurar la
liberación económica y robustecer la independencia
política; y
D.- Una finalidad científica: realizar
la educación superior, para robustecer
el plano intelectual de
América y echar las bases de una
tradición de altos y vigorosos pensamientos que la equiparara a los pueblos mas
adelantados del globo.
Periodo 1811 – 1820:
Según menciona la Gaceta del 8 de Marzo de 1811, el Primer Presidente de
Venezuela fue Don Cristóbal Hurtado de
Mendoza.
Una vez que estalla a la luz
pública la rebelión republicana, sus ideales
se plasman en los instrumentos jurídicos patrióticos. La Constitución de 1811, establece en su
artículo 198, perteneciente al Capítulo VIII, sección 4, que “una vez instituidos los gobiernos para
el propósito de la felicidad común de los hombres, la sociedad debería garantizar
la instrucción pública a todos sus ciudadanos.
De hecho, estas normas contenían ideales pedagógicos inspirados en la
tabla de los derechos del hombre y del ciudadano, que recogían la
utopía viable universal de los libre pensadores de la época”.
A pesar que el Supremo Congreso
de Venezuela, reunido en Julio de
1811, en el texto del artículo 4 de los deberes y derechos del cuerpo social
expresó la necesidad de favorecer la instrucción generalizada para garantizar
los progresos de la razón pública, la defensa de la República y la Guerra de
Independencia alejaron a los niños y los
jóvenes de las aulas.
El 10 de Mayo de 1813, en
Cúcuta, Bolívar jura obediencia al gobierno de la Unión, y
ejerce como Jefe Supremo.
En 1819 Bolívar convoca e instala el Congreso de Angostura. Los asistentes a este evento ratifican a
Bolívar como Jefe Supremo de la República de Venezuela. Allí propone la
necesidad de que el Estado tenga una cuarta potestad, orientada a la infancia y la formación del espíritu de los hombres,
las buenas costumbres y la moral republicana.
Esta cuarta potestad estaba referida a la educación física y moral de
los niños, desde su nacimiento hasta la edad de doce años cumplidos.
Sin embargo, a pesar de delinear algunas ideas sobre la obligatoriedad de la educación, Bolívar no concreta un planteamiento al respecto, de orden
imperativo.
Periodo Histórico entre 1821 – 1829
El sistema educativo durante los primeros años de la República, se
caracterizó por darle continuidad al existente durante el periodo
colonial. No se evidenciaron grandes cambios al inicio de este periodo
Republicano. Resultaba difícil para los
legisladores y la nueva clase política,
luego de una larga guerra de Independencia (1810 – 1821), dedicarle energías a un tema distinto a la
reconstrucción económica del país.
La escuela primaria continuó
siendo similar a la ya existente durante
el periodo de colonización hispánica, es decir, privada y religiosa. La legislación de 1821 confirmada por la de
1826, disponía que los maestros
“deberán enseñar a los niños los dogmas de la religión y de la moral
cristiana”(Mudarra, M., p.28). La
segunda enseñanza, equivalente a la tercera etapa de Educación
Básica y el Ciclo Diversificado actual, continuó también desarrollándose por los
cánones educativos de la colonia.
Con relación a la Educación Universitaria de la Era Republicana, la
situación era similar, lo que llevó al investigador Parra León
(1954) a señalar sobre el particular:
“Continuidad que
resplandece, tanto como en punto a autores, en el conjunto general de las Tesis
de Grado de los estudiantes, los cuales componen un
todo uniforme, un cuerpo organizado de doctrina que evoluciona seguido y
lentamente desde 1788, una cadena ininterrumpida, en la que cada eslabón que aparece
viene adherido de hierro al anterior.
Continuidad que
testifican a la vez los planes de estudio, los cuales se desarrollan de manera progresiva, sin
rupturas ni desmanes; hasta el punto de
que las reformas del pénsum filosófico propuestas en 1815 por el regio
visitador Oropeza fueron, en sustancia,
los mismos que tuvieron realidad constitucional en los Estatutos republicanos
de 1827”
Al parecer, los
postulados pedagógicos del Libertador
Simón Bolívar, Bello, Sanz, Rodríguez y
demás maestros patriotas pasaron al olvido durante los primeros años de la
República. Durante este periodo el Congreso de Cúcuta y el ejecutivo Grancolombiano generaron una
serie de leyes y Decretos relacionados
a la instrucción pública.
Los principales fueron:
1) Ley sobre el
Establecimiento de Escuelas de Primeras Letras para Niños y Niñas (1821), de espíritu continuista a la educación
colonial en lo referido a la enseñanza religiosa. Ordena la creación de por lo menos una
escuela por comunidad con más de 100 habitantes, que deberán correr con los gastos de su mantenimiento.
Contiene la
obligatoriedad que todos los niños entre seis doce años reciban instrucción.
2) Ley sobre el
Establecimiento de Escuelas de Niñas en los Conventos de Religiosas (1821). Tiene la intención de fomentar la
educación de las niñas, hasta ahora alejadas de las aulas, por otros sectores
debido a la escasez de recursos del Estado.
3) Ley Sobre el
Establecimiento de colegios oCasas de Educación en las Provincias, Reforma de las
Constituciones y planes antiguos y formación de otro nuevo, uniforme para
toda la República.
4) Ley Sobre la
Aplicación de la enseñanza Pública de los bienes de los Conventos
Menores (1821).
Esta ley disuelve los Conventos de regulares a excepción de los
hospitalarios.
Señala que los
bienes de estos conventos se destinarán
a la formación de escuelas al interior de la República.
5) Decreto Legislativo
de 1823. Establece una escuela de minería.
6) Decreto
Legislativo de 1825, destinado a establecer escuelas de Navegación, en los
puertos de la República.
7) Ley Sobre
Organización y Arreglo de la instrucción
Pública (1826). Primer esfuerzo
por estructurar un sistema educativo
nacional.
8) Decreto
Legislativo de 1827. Autoriza al ejecutivo
para realizar reformas en el Plan
de Estudios.
9) Decretos del Libertador sobre: (a) Los estatutos de la
universidad Central, (b) La creación de la Sub – Dirección
de Instrucción Pública de Venezuela.
Periodo histórico entre 1830 - 1842
La educación nacional, a partir de 1830, sufrió los embates de la
separación de la Gran Colombia.
Le resultaba difícil al gobierno, obtener los fondos que eran necesarios
para la educación. Las demandas de las rentas públicas no se correspondían a
las posibilidades de producción propias de una infraestructura agrícola precaria, niveles
de ganancia exiguos y estímulos limitados. La mano de obra resultaba escasa y el comercio
débil.
El gobierno tenía
una estructura Republicana. El poder político
se concentraba en el caudillo José Antonio Páez. La economía giró alrededor del café,
principal producto de exportación. Tal
vez por ello, la Ley de Abril de 1834
favoreció las actividades de los
comerciantes y prestamistas.
Las limitaciones económicas
de las provincias, no permiten la
difusión de la educación primaria en la mayoría
de ellos. Para 1830, el país contaba con
tan solo cien (100) escuelas primarias municipales.
Se reorganizan
los Colegios Nacionales de Trujillo (1832), Margarita, el Tocuyo, Carabobo y Coro (1833);
de Cumaná (1834), Barquisimeto (1835),
Maracaibo y Guanare (1837); Calabozo
(1839) y
Barcelona (1842).
También se
reorganizan las Universidades de Caracas y de Mérida.
Precisamente a
partir de esta reorganización, se suceden en la Universidad Central de Caracas,
una serie de reformas, que dan inicio a
una diferenciación con respecto a las concepciones coloniales.
El 9 de febrero de 1835 a las 9 de la mañana
José María Vargas presta juramento como
Presidente de la República, ante el Congreso. Renuncia el 29 de Abril.
En 1835, se reanima
la Universidad de los Andes de Mérida, que logra impulsar esporádicos cursos en
los años de 1837, 1841, 1854, 1860 y los siguientes años.
El 19 de Noviembre
1836 se funda en Caracas, por parte de la Diputación Principal de la ciudad, en
la persona de W. Urrutia, la Escuela Normal de Dibujo, la cuál incorpora la
dimensión artística a la noción de Docencia en nuestro país.
Periodo
histórico entre 1843 – 1858
Fue hasta 1843
cuando se promulgó el
Primer
Código de
Instrucción Pública, que contenía 14
leyes para regular toda actividad educativa.
Diez de las leyes del Código (del
4 al 13) están referidos a la Educación
Superior y su
propósito es reglamentar la actividad universitaria.
La Educación Superior
y Secundaria fueron adscritas a los Poderes Nacionales. Se estructuran los institutos educativos en
Escuelas Primarias, Colegios Nacionales
de enseñanza Secundaria, Universidades, Escuelas especiales para desarrollar
conocimientos específicos, Academias para
normar el ejercicio de algunas profesiones y, Sociedades Económicas para
promover el desarrollo agrícola, comercial, de
las artes y la educación en población.
Para la época, el prestigiado título de Bachiller lo otorgaban los Colegios
Nacionales. El presupuesto de estas
instituciones provenía de las rentas públicas y de los aportes de los padres de familia.
Con relación a la
educación primaria la situación era aún más precaria. Para 1843 existían en el país 377 planteles
con 11.929 inscritos. En virtud de ello, uno de cada 114 niños, recibía
educación.
Algunos historiadores educativos señalan que
filosóficamente, en el Código de
1843, hubo ausencia de principios que orientasen la labor educativa. La filosofía
educativa humanista y de acceso
universal al sistema escolar permanecía
subyacentes y ganaban cuerpo en el imaginario
social. Este imaginario en construcción
se expresaba en las argumentaciones sobre las aspiraciones colectivas a una
sociedad libre e igualitaria, que procurara proporcionar felicidad y progreso.
Según este
instrumento Jurídico, la educación pasó a
ser una función del Estado, en donde los
beneficios tenían que ser para todos los ciudadanos. Además, puede atribuírsele
también a este instrumento jurídico, una connotación laicista, ya que la
iglesia fue supeditada al arbitrio del Estado.
Es digno de ser resaltado que la Curia no contaba para el momento con instituciones educativas distintas a las
destinadas a la formación de sus clérigos.
La columna vertebral
de la propuesta pedagógica de este código, estaba relacionada con la idea de
concebir la educación como la palanca
principal para alcanzar el progreso, soportada en la formación moral y
espiritual, lo cual denota un marcado idealismo conceptual. De hecho, la igualdad social y política,
solo estaba concebida en el papel.
Periodo Histórico entre 1859 – 1880
Durante el periodo
1859 – 1863 se desarrolla la Revolución Federal, cuyas repercusiones se sintieron en todo el territorio nacional.
En 1863, el Mariscal
Juan Crisostomo Falcón, accede a la Presidencia de la República. El Jefe del
ejército y del Gobierno Federal consideraba
-con relación a la instrucción pública
y por intermedio del Decreto de Garantías, en su
artículo 6- que la libertad de instrucción no exonera
la autorización de establecer la educación
primaria y darle protección a la secundaria. Este instrumento jurídico, que
contemplaba la obligación estatal en todos
los niveles de la educación,
constituye una piedra angular para la educación pública venezolana
y refleja la orientación político – educativo de los líderes del movimiento
federalista.
Periodo histórico entre 1881 - 1886
En 1881, José Martí visita a Caracas. La juventud universitaria de ese momento le brinda una calurosa bienvenida. En esa oportunidad, durante dos veces, visita
Martí a Cecilio Acosta en su casa de residencia. Este mismo año muere el insigne educador
venezolano.
El 14 de Abril de
1884, a las diez de la mañana, el Congreso Federal eligió Presidente de la
República al General Joaquín Crespo.
Periodo histórico entre 1887 - 1899
El 29 de Mayo de 1891, durante la administración de
Andueza Palacios, se funda la
Universidad del Zulia en Maracaibo.
En Noviembre de 1892
es fundada por primera vez, la Universidad de
Carabobo, bajo la Presidencia del General Joaquín Crespo.
En materia de Jubilación, mediante
Decreto Ejecutivo de 1894, se establece que la edad para la jubilación del profesorado es de
25 años para quienes ejercen en la Educación Primaria y 20 años para quienes tienen
bajo su responsabilidad una cátedra.
Además se contempla el goce del
sueldo completo del Docente jubilado.
Periodo histórico entre 1900 - 1936
El Código del General
Castro de 1904, restringe sensiblemente
algunas ramas de la enseñanza oficial.
En 1908, asume el
poder Gómez.
El Código de 1912,
se califica de Profesional, la carrera
del magisterio y se establece deberes y
derechos correlativos, para quienes la
ejercen.
A partir de 1919 se inicia
la Educación Física como cátedra de enseñanza en nuestro país. En 1921 aparece el primer reglamento que la
regula.
El 18 de Diciembre
de 1935, muy temprano en la madrugada fue encargado del Poder Ejecutivo, él hasta entonces
Ministro de Guerra Eleazar López
Contreras.
En 1936 se realiza la I Convención Nacional del Magisterio
en la ciudad de Caracas.
El 17 de Julio de
1936 el Ministerio encargado de la instrucción, pasa a denominarse Ministerio de Educación Nacional. Durante esa
época se contratan técnicos extranjeros para asesorar
al gobierno en materia educativa.
Durante este año, se crea el Instituto
Pedagógico Nacional el cuál pasa
a ser considerado como una Escuela normal Superior.
Periodo histórico entre 1937 - 1945
En 1940 se presenta
un proyecto de reforma de la Ley de
Educación, con la finalidad de adecuar la norma a los adelantos pedagógicos
registrados en Venezuela.
El 28 de Abril de
1841, el Congreso Nacional proclama como Presidente de la República, al
ciudadano Isaías Medina Angarita.
En 1941 entra en vigencia el proyecto de Ley de Educación
presentado el año anterior. Los
principales objetivos de
esta ley, estaban referidos a la formación moral de los educandos, mayor
integración de los planes de estudio y
orientar la educación hacia la formación del hombre para que sea útil a la
sociedad.
Periodo histórico entre 1946 - 1958
En el año 1946 se produce el Decreto Ejecutivo Nº 321
referido a las calificaciones, promociones y exámenes de la Educación Primaria,
educación secundaria y
Educación Normal.
El 28 de Septiembre
de 1946 se produce la reapertura de la Universidad del Zulia que había dejado
de funcionar desde hace casi cincuenta
años. Este año, el Ejecutivo dicta el Estatuto Orgánico de las
Universidades
Nacionales, paso
de gran relevancia en la orientación de lograr, desarrollo e independencia de esas casas de estudio.
El 14 de Diciembre de 1947 es electo Rómulo Gallegos como
Presidente de la República.
Durante el año 1947,
la XII Convención Nacional del Magisterio (F.V.M.) reunida en Mérida, propone que se establezca la escuela
unificada de 11 años. Esta propuesta dio origen a la creación con carácter de
ensayo del 7º grado en la escuela
experimental Venezuela (Resolución Nº 3196) de igual rango al 7º grado de
educación secundaria.
En 1948, el
Foro mundial surgido después de
la culminación de la Segunda Guerra Mundial, la Asamblea General de las Naciones
Unidas, proclamó el derecho universal a la educación para todos los seres
humanos, sin distingo de raza, sexo, credo, ni de otra índole.
En la Ley de
educación de 1948 aparece plasmada la aspiración del Magisterio Nacional de vincular la educación
en general, al mundo del trabajo. Esta
norma, contenía artículos realmente innovadores
como el de estructurar la educación media en dos ciclos.
Al primer ciclo le atribuía dos
años de duración y un carácter prevocacional, siendo común para
toda la educación secundaria. El segundo ciclo, denominado diversificado, contenía
la posibilidad de especialización de carácter profesional.
El 24 de Noviembre
de 1948 es derrocado el Presidente
Gallegos. Se instala una Junta militar de la cual formaba parte Marcos Pérez
Jiménez, quien a la postre ejercería la
primera magistratura.
En 1949 es derogada
la anterior Ley de Educación, siendo
sustituida por el estatuto Provisional de Educación.
Durante el año
1951 se crean y organizan las
Superintendencias Regionales de Educación.
En 1955 se promulga
una nueva Ley de Educación.
Periodo histórico entre 1959 - 1988
El 22 de Marzo de
1958 se crea la Universidad de Carabobo.
El 30 de Abril se publica una nueva escala de sueldos y salarios para
los maestros, se crea la Dirección de educación Física, la Dirección de Educación Artesanal
Industrial y Comercial. El 5 de
Noviembre del mismo año, mediante decreto Nº 458 se promulga la Ley de universidades.
Desde el 13 de Enero
de 1959, hasta el 11 de Marzo de 1964
ejerce la Presidencia Rómulo Betancourt.
El 27 de Julio de 1959 se crea el
Instituto de cooperación
educativa (INCE). En Septiembre, se crea
el Instituto Experimental de
formación Docente, mediante
Resolución Nº 5813. En
el año 1959 se crea la Oficina de
Planeamiento Integral de la Educación (EDUPLAN) la cual estaba encargada de asesorar, coordinar,
dirigir y supervisar los ensayos educativos llevados a cabo por
el Ministerio de educación y/o
sus direcciones sectoriales.
En Abril de 1960 se coloca
el ejecútese a la Ley de Reforma Agraria,
que redimensiona el papel de la educación rural. En el corto plazo se crean
cerca de cuarenta núcleos rurales.
El 23 de Enero de
1961 es promulgada según Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 662, la Constitución
de la República de Venezuela, que contiene los principios fundamentales que
rigen el sistema educativo venezolano hasta 1998. La Carta Magna en sus artículos
78, 79, 80, 81, 82
y 83 señalaba los preceptos básicos que regían la política
educativa nacional.
A través del articulado referido a la educación, la Constitución Nacional se plantea la
obligatoriedad del Estado, en garantizar
el acceso al sistema educativo venezolano a todo ciudadano nacional, así como en materia de formación y preparación del personal docente necesario.
LA REFORMA EDUCATIVA
1989 - 1996
Partiendo del
diagnóstico sobre la problemática de la educación venezolana, el Estado viene
desarrollando desde1989 una serie de
operaciones destinadas a modernizar y hacer más eficiente el sistema educativo.
Especialmentea partir de la explosión social de 1989.
Los objetivos de la reforma educativa según lo establecido por la Comisión
para la reforma del Estado (COPRE,
1992) fueron:
1. Apoyar, promover y consolidar la identidad cultural para potenciar la
incorporación de la Nación a un mundo con pluralidad de opciones socio -
culturales.
2. Asimilar,
transmitir y consolidar los valores éticos y solidarios para favorecer la
cohesión social.
3. Contribuir al
desarrollo de conductas preventivas y autogestionarias para el mejoramiento de
la salud pública.
4. Promover la capacidad de organización,
participación y conducción de los procesos
de cambio social.
5. Fortalecer el desarrollo productivo a través
de la valoración del trabajo, la
innovación y el desarrollo tecnológico.
6. Formar al individuo con capacidad de
responder a las exigencias de desarrollo
económico – productivo y a los problemas ambientales, nutricionales y de
salud, recreativos y artísticos en el
ejercicio pleno de sus competencias.”
Periodo histórico 1999 - 2004
A partir de 1999
la reforma educativa venezolana en curso
(1999-2007), aparece estrechamente
vinculada al proceso de revisión, desmontaje del estado actual y refundación
del Estado Venezolano, esfuerzo que según lo expresado
por calificados voceros educativos, como
Carlos Lanz, Arnaldo
Esté, Aristóbulo
Isturiz Luis Bonilla-Molina y el mismo Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, se
concreta por intermedio del Proyecto Educativo Nacional (PEN).
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